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* "Móvil de mano", cuando sea transportable manualmente, con fuente de alimentación autónoma y antena incorporada. | * "Móvil de mano", cuando sea transportable manualmente, con fuente de alimentación autónoma y antena incorporada. | ||
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== Radio Club == | == Radio Club == | ||
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== Licencia de Aficionado == | == Licencia de Aficionado == |
Revisión actual del 19:06 25 mar 2017
Contenido
Nota general
Esta página contiene en muchos casos cuestiones que son tratadas en otras páginas específicas.nimos en función de los títulos de la actual reglamentación. En particular la página Definiciones es un duplicado en varias de ellas de cuestiones que se tratan en las paginas específicas.
Para evitar duplicación de esfuerzos se trabajará esos temas duplicados en su correspondiente página completando la definición que corresponda aquí en Definiciones en función de lo que se trabaje en el resto de las páginas.
Aficionado
Persona debidamente autorizada que se interesa en la radiotecnia con carácter exclusivamente individual, sin fines de lucro y que realiza con su estación actividades de instrucción, de intercomunicación y estudios técnicos.
Estación de Aficionado
Estación del Servicio de Radioaficionados, compuesta de uno o más transmisores y receptores o transceptores, incluyendo los sistemas irradiantes y las instalaciones accesorias. La misma podrá ser:
- "Fija", Una estación fija de aficionado es aquella que carece de la capacidad de trasladarse mientras se encuentra en operación.
- 'Móvil", instalada en un vehículo terrestre, marítimo o aéreo
- "Móvil de mano", cuando sea transportable manualmente, con fuente de alimentación autónoma y antena incorporada.
Radio Club
Un Radio Club es una persona jurídica sin fines de lucro, reconocida por la Autoridad de Aplicación, que tiene como principales finalidades la promoción, fomento, enseñanza y práctica de la radioafición a través de la agrupación de radioaficionados y otras personas interesadas
Licencia de Aficionado
Autorización que otorga la Autoridad de Aplicación a todas aquellas personas físicas o jurídicas que han cumplido con los requisitos reglamentarios para obtener licencia y las faculta a instalar y operar estaciones de aficionado en sus respectivas bandas de frecuencia, categorías y condiciones.
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