Diferencia entre revisiones de «Discusión:Clases de estaciones»
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− | Sugiero se incluya en la nueva reglamentación la ESTACIÓN REMOTA que pueda ser controlada a distancia via web desde cualquier ubicación remota, dado que ya es de uso corriente en el mundo de la radio afición ampliando posibilidades de operación, experimentación, control de la propagación, y en la medida que se acepte participación en eventos, concursos, etc. Miguel LU1XU--[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 17:53 30 ene 2017 (UTC) | + | Sugiero se incluya en la nueva reglamentación la ESTACIÓN REMOTA que pueda ser controlada a distancia via web desde cualquier ubicación remota, dado que ya es de uso corriente en el mundo de la radio afición ampliando posibilidades de operación, experimentación, control de la propagación, y en la medida que se acepte participación en eventos, concursos, etc. Miguel LU1XU |
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− | Realmente no se si hace falta aclarar lo de la estación remota, quien hoy día usa una estación remota esta violando la 50/98? considero que no, si yo tengo mi estación declarada en mi casa, pero lo que cambio es que el manejo del equipo es a través de Internet cambia en algo, es casi como manejar una estación con frente desmontable, solo que el cable es Internet. Si se podría agregar como se debería identificar si la usa un radioaficionado que no es el dueño o un extranjero. Creo que seria interesante que un Radioaficionado este habilitado a tener mas de una estación y no como ahora que es TRANSITORIO, al poder manejar las estaciones remotamente se pueden hacer cosas interesantes y mas de uno querrá tener mas de una torre, en diferentes lugares del país.--[[Usuario:LU8ADX|LU8ADX]] ([[Usuario discusión:LU8ADX|discusión]]) 03:35 1 feb 2017 (UTC) | + | Realmente no se si hace falta aclarar lo de la estación remota, quien hoy día usa una estación remota esta violando la 50/98? considero que no, si yo tengo mi estación declarada en mi casa, pero lo que cambio es que el manejo del equipo es a través de Internet cambia en algo, es casi como manejar una estación con frente desmontable, solo que el cable es Internet. Si se podría agregar como se debería identificar si la usa un radioaficionado que no es el dueño o un extranjero. Creo que seria interesante que un Radioaficionado este habilitado a tener mas de una estación y no como ahora que es TRANSITORIO, al poder manejar las estaciones remotamente se pueden hacer cosas interesantes y mas de uno querrá tener mas de una torre, en diferentes lugares del país. |
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+ | --[[Usuario:LU8ADX|LU8ADX]] ([[Usuario discusión:LU8ADX|discusión]]) 03:35 1 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Estimado Diego propuse se la incorpore reglamentariamente, conociendo como funciona el inconsciente colectivo de la administración publica argentina que siempre le encuentra el "pelo al huevo", no nos perjudica que este incluida y abre posibilidades de que nadie cuestione en el futuro esa forma de operación, en este caso "lo que abunda no daña". Con respecto a que el titular de una estación pueda ser titular de otras estaciones administrativamente les complicaría la vida y ya sabemos que a la administración "hay que darle todo listo" porque de otra manera y ante la minima duda aparece el NO. Se puede plantear. Lo que quedara pendiente y no se puede regular es la aceptación en algunos contest, certificados internacionales, etc. de esta metodología de operación, pero este es otro tema que no es resorte de ENACOM. | ||
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+ | --[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 11:55 1 feb 2017 (UTC). | ||
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+ | El domicilio de una estacion no es algo trivial, desde el punto de vista del Dto de Ingenieria es algo fundamental, por eso hay que incluirlo como otro tipo de estacion mas, con un responsable y todos los datos, aqui se plantea otro problema porque la SD no corresponde necesariamente con el lugar de instalacion de la estacion remota, por ejemplo, si tengo una licencia en CABA, y opero desde una remota en otra provincia, como lo registro ? | ||
+ | El ejemplo de Diego podria cuestionarse desde el punto donde las autorizaciones estan referidas a un lugar en particular, o movil, pero si es fija y no esta instalada en el domicilio declarado en mi licencia, como seria? | ||
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+ | --[[Usuario:LU1CGB|LU1CGB]] ([[Usuario discusión:LU1CGB|discusión]]) 19:26 1 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Estimo que lo que importa administrativamente es el lugar desde donde se origina la emisión, o sea donde esté el Tx y la antena, no el operador. Lo que estamos analizando es qué pasa cuando el operador está en otro lugar. Casos similares hay varios: Radio Nacional tiene sus estudios en CABA y transmite desde Gral Pacheco o por esa zona. Antes de los satélites las llamadas telefónicas internacionales se hacían por HF con transmisores en un lugar, receptores en otro a algunos km (para full duplex a prueba de IMD), y operadores en otro más. | ||
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+ | --[[Usuario:LU5HG|LU5HG]] ([[Usuario discusión:LU5HG|discusión]]) 22:10 1 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | En mi opinión no es un tema administrativo, sino técnico, hoy un aficionado no puede operar una estación en dos domicilios, y uno podría ser una estación remota, esto esta cada ves mas común, y tampoco puede tener dos señales distintivas, ademas desde el punto de vista del control del espectro y la coordinación de frecuencias, es necesario conocer la ubicación de cada transmisión por la administración. | ||
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+ | --[[Usuario:LU1CGB|LU1CGB]] ([[Usuario discusión:LU1CGB|discusión]]) 22:49 1 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Así es, doy un ejemplo, vivo en CABA y tengo mi estación de radio con mi licencia y tengo una propiedad en la Mar del Plata donde también pongo una estación completa que ocasionalmente la utilizo en persona y algunas veces la opero remotamente o la uso para escuchas mientras salgo desde mi QTH de CABA. | ||
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+ | Si salgo de CABA lo hago como LU8ADX, si lo hago desde la Mar del Plata como LU8ADX/D, hasta aquí estamos bien, pero mi licencia tiene una autorización para montar una estación en CABA, la de la Mar del Plata la instalo como TRANSITORIO? no, también es mi propiedad y va a estar por año instalada o sea que no es transitoria es tan fija como la anterior, que pasa si ENACOM o Municipalidad o el consorcio y/o vecinos me piden la autorización de la torre en el QTH de la Mar del Plata? no tenemos nada que me respalde, tenemos un papel que nos autoriza en el otro domicilio. Creo que aquí es donde tenemos que apuntar, o que la licencia diga domicilio principal y luego domicilios secundarios o ver como le encontramos la vuelta para aquellos que cuentan con mas de una estación que conozco varios casos puedan tener sus estaciones en regla y documentadas para evitar problemas, la licencia me habilita en toda la Argentina, pero con solo una estación?. | ||
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+ | --[[Usuario:LU8ADX|LU8ADX]] ([[Usuario discusión:LU8ADX|discusión]]) 00:47 2 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Evidentemente la estación remota independientemente de donde se encuentre el segundo domicilio del titular, implica proponer quizás cambiar el criterio actual reglamentario de una licencia por persona, probablemente esta sea la solución mas viable que resuelve el problema. Este enfoque planteado de la estación remota es nuevo y se adapta a los tiempos que corren, lo que hace tres décadas era muy complejo, hoy es común gracias a los niveles mayores de conectividad que se van dando en Argentina. Por lo que significa desde el punto de vista técnico y legal instalar una segunda estación, se debe aceptar que las autoridades competentes lease ENACOM, y municipio del lugar intervendrían aplicando la normativa del caso para instalar esa segunda estación. Creo que debemos pensar cuales son los inconvenientes o impedimentos legales para que una misma persona tenga dos licencias, una por cada domicilio, por de pronto no veo ninguno o por lo menos en este momento no se me ocurre, pero ya saldrá una propuesta enmarcada en las normas. | ||
− | + | --[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 03:01 2 feb 2017 (UTC) | |
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+ | Creo que este punto de como identificar las transmisiones, las estaciones y los operadores es uno de los puntos negros mal tratados en la actual reglamentación. Les propongo seguir este hilo en [[Señales distintivas e identificación]] a donde lo estoy copiando. Diego, ¿que te parece si analizas el tema y armas una propuesta como base de discusión? Fijate los reglamentos de EEUU y Brasil que presentan modalidades diferentes a la nuestra. | ||
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+ | --[[Usuario:LU8ARI|LU8ARI]] ([[Usuario discusión:LU8ARI|discusión]]) 12:47 2 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Juan Ignacio seria interesante que en este tema participáramos la mayoría dado que es importante y complejo. Estamos analizando que según lo estudiado hasta ahora el criterio generalizado de las administraciones es asignar una licencia por persona, seguramente porque este caso de las Estacione Remotas se ha enfocado sin la problemática nuestra, por ejemplo en EEUU es posible cambiar de estado sin cambiar indicativo. Esto nos puede ayudar a pensar en una metodología que nos permita tener una licencia y operar desde distintos domicilios en el país, claro que esto tiene un gran impedimento que es la asignación de letras por provincia, quizás una forma de diferenciar la licencia en mi caso de Ushuaia hasta que la provincia de Tierra del Fuego tenga la letra Z, seria tener LU1XU en mi domicilio en Ushuaia y LU0XU para mi domicilio de Quilmes provincia de Bs As, lo que no es viable a la luz de la normativa, X no corresponde a Bs As. | ||
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+ | Se debe tener en cuenta el Boletín de la UIT Nro. 1055 de Junio de 2014 en el que país por país se menciona como se arman las call sign, lo que puede verse claramente en el Anexo: | ||
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+ | Argentina (República) | ||
+ | Estaciones de aficionado: AY, AZ, LU, LW seguidos de una cifra (0-9) y de 2 ó 3 letras, la primera distintiva de la provincia en que está situada la estación | ||
+ | Letras distintivas de las provincias:A-B y C – Capital Federal | ||
+ | D-E – Provincia de Buenos Aires | ||
+ | F – Provincia de Santa Fé | ||
+ | GA–GOZ – Provincia del Chaco | ||
+ | GP–GZZ – Provincia de Formosa | ||
+ | H – Provincia de Córdoba | ||
+ | I – Provincia de Misiones | ||
+ | J – Provincia de Entre Ríos | ||
+ | K – Provincia de Tucumán | ||
+ | L – Provincia de Corrientes | ||
+ | M – Provincia de Mendoza | ||
+ | N – Provincia de Santiago del Estero | ||
+ | O – Provincia de Salta | ||
+ | P – Provincia de San Juan | ||
+ | Q – Provincia de San Luis | ||
+ | R – Provincia de Catamarca | ||
+ | S – Provincia de La Rioja | ||
+ | T – Provincia de Jujuy | ||
+ | U – Provincia de La Pampa V – Provincia de Rio Negro W – Provincia del Chubut | ||
+ | XA–XOZ – Provincia de Santa Cruz | ||
+ | XP–XZZ – Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur | ||
+ | Y – Neuquén | ||
+ | Z – Antártida | ||
+ | Nota: Los principiantes deben utilizar el prefijo AZ. | ||
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+ | Una idea simple de implementar dentro de esta norma es que a la licencia originaria se le ponga 0 y la letra de la provincia para la estación remota, por ejemplo LU1XU tendría una estación remota LU0DU en pcia. de Bs As. Esto no iría en contra de las licencias ya asignadas que no poseen el 0 | ||
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+ | --[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 22:37 2 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Miguel, participan todos los que quieren pero alguien tiene que hacer de editor y conciliador de las propuestas y opiniones. Ese es el rol de editor de cada tema para el cual estamos pidiendo voluntarios y el que le pido a Diego que asuma para este tema. El tiempo que tenemos es limitado y tenemos que hacer que las propuestas vayan convergiendo. | ||
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+ | --[[Usuario:LU8ARI|LU8ARI]] ([[Usuario discusión:LU8ARI|discusión]]) 12:23 4 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Creo que hace décadas se permitía más de una licencia por persona, probablemente para los domicilios fijos en otras provincias. | ||
+ | Tal vez sea bueno volver a eso, pero ¿cómo se obtendría esa segunda licencia? ¿a través de un RC, a través de Enacom? | ||
+ | La mejor opción sería la que sugirió Miguel usando el 0 y la letra de la provincia donde esté segunda estación. Así también evitamos tramitar una segunda licencia y lo asignamos nosotros mismos como hacemos ahora con la "/" al estar en móvil o en otra provincia. | ||
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+ | [[Usuario:LU5HG|LU5HG]] ([[Usuario discusión:LU5HG|discusión]]) 00:00 3 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Las repetidoras son un ejemplo de un domicilio diferente al de la licencia, y eso no ha sido un impedimento, nunca me ha tocado una autorizacion de repetidora en una provincia diferente de la señal distintiva otorgada, pero me imagino que habra antecedentes, de hecho una repe es como una remota en algun sentido. | ||
+ | Los mas antiguos y memoriosos recordaran como se hacia cuando se podia tener mas de una licencia, recuerdo los libros de Moreno Quintana LU8BF/LU8HF | ||
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+ | --[[Usuario:LU1CGB|LU1CGB]] ([[Usuario discusión:LU1CGB|discusión]]) 02:04 3 feb 2017 (UTC) | ||
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== Estaciones móviles == | == Estaciones móviles == | ||
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--[[Usuario:LU8YD|LU8YD]] ([[Usuario discusión:LU8YD|discusión]]) 16:03 14 ene 2017 (UTC) | --[[Usuario:LU8YD|LU8YD]] ([[Usuario discusión:LU8YD|discusión]]) 16:03 14 ene 2017 (UTC) | ||
− | De acuerdo con Alejandro y la denominación de móviles aéreas no tripuladas, como así también en la descripción de estaciones móviles debería especificarse su carácter de aéreas, terrestres, marítimas, fluviales y lacustres dado que en este caso se disipan dudas en la futura aplicación de la norma. Miguel LU1XU --[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 17:53 30 ene 2017 (UTC) | + | De acuerdo con Alejandro y la denominación de móviles aéreas no tripuladas, como así también en la descripción de estaciones móviles debería especificarse su carácter de aéreas, terrestres, marítimas, fluviales y lacustres dado que en este caso se disipan dudas en la futura aplicación de la norma. Miguel LU1XU |
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+ | --[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 17:53 30 ene 2017 (UTC) | ||
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− | Creo conveniente incluir repetidoras fijas destinadas a la retransmisión automática y en tiempo real de las comunicaciones, analógicas, digitales, y análogo/digitales. Miguel LU1XU --[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 17:53 30 ene 2017 (UTC) | + | Creo conveniente incluir repetidoras fijas destinadas a la retransmisión automática y en tiempo real de las comunicaciones, analógicas, digitales, y análogo/digitales. Miguel LU1XU |
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+ | --[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 17:53 30 ene 2017 (UTC) | ||
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+ | === Propuestas del RC Córdoba y otros === | ||
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+ | Nota del [[Usuario:Editor]] Estas propuestas fueron recibidas de y contienen aportes de los siguientes RCs y personas: | ||
+ | * Radio Club Aguilar | ||
+ | * Radio Club Alta Gracia | ||
+ | * Radio Club Belle Ville | ||
+ | * Radio Club Cosquín | ||
+ | * Radio Club Carlos Paz | ||
+ | * Radio Club Marcos Juarez | ||
+ | * Radio Club Córdoba | ||
+ | * Radioaficionados Grupo Punilla | ||
+ | * Radio Club Ushuaia | ||
+ | * Radio Club Tucumán | ||
+ | * Eduardo Legay - LU1MKF, Javier Pons Estel - LU5FF. Jorge Suarez - LU9WT | ||
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+ | En el caso de Estaciones Repetidoras de Radioaficionados, analógicas o digitales, que operen en las bandas de VHF/UHF, los equipos radioeléctricos utilizados deberán cumplir las recomendaciones de IARU región 2. | ||
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+ | Fundamento: Esto debe ser así ya que, por los constantes avances tecnológicos, no queremos que esta ley quede vieja cada 3 meses, y la IARU “manda” en materia de sugerencias tecnológicas, cuando se redactó la 50/98 solo existían repetidoras analógicas, hoy hay miles de nuevas tecnologías que serían imposibles de detallar aquí, por eso con que los equipos cumplan las normas vigentes, es más que suficiente. | ||
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+ | Se podrán instalar estaciones repetidoras en bandas cruzadas respetando el cuadro de frecuencias autorizadas, respetando las mismas características que para repetidoras de la misma banda. | ||
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+ | Fundamento: dado a que queremos una ley federal, es muy común que provincias que cuentan con cerros altos para emplazar sistemas repetidores de altura puedan necesitar hacer enlaces en banda diferentes, por otra parte también vendría a regularizar el caso de sistemas Dstar que operan en bandas cruzadas.- | ||
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+ | Los plazos para comunicación sobre estado o desmantelamiento de repetidoras debería ser de 90 días ( la actual dice 10 días) | ||
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+ | Fundamento: dado que la actividad se trata de sin fines de lucro, y por tal motivo los servicios de repetidores están a cargo de Radioaficionados y no de empresas, es razonable aumentar este tiempo a 90 días, ya que es común que un Radioaficionado no dispones de su tiempo H-24 para el hobby, con lo cual los mantenimientos de los sistemas repetidores se realizan cuando el mismo dispone de tiempo y recursos para tal fin. | ||
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+ | --[[Usuario:LU3HY|LU3HY]] ([[Usuario discusión:LU3HY|discusión]]) | ||
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== Radiobalizas == | == Radiobalizas == | ||
Línea 64: | Línea 195: | ||
Por otro lado me gustaría que, independiente de la banda o si se habilitan balizas en bandas bajas, '''se tenga en cuenta a otros modos de banda angosta para la instalación de balizas, no solo limitarlo al CW'''. Hoy en día hay muchos modos digitales como por ejemplo WSPR o JT65 que ocupan poco ancho de banda, necesitan de poca potencia y permiten reportaje automático de la recepción de sus señales vía web, lo que permite que uno esté al tanto de la propagación sin necesidad de estar al lado del equipo ni de saber CW para decodificarlas. | Por otro lado me gustaría que, independiente de la banda o si se habilitan balizas en bandas bajas, '''se tenga en cuenta a otros modos de banda angosta para la instalación de balizas, no solo limitarlo al CW'''. Hoy en día hay muchos modos digitales como por ejemplo WSPR o JT65 que ocupan poco ancho de banda, necesitan de poca potencia y permiten reportaje automático de la recepción de sus señales vía web, lo que permite que uno esté al tanto de la propagación sin necesidad de estar al lado del equipo ni de saber CW para decodificarlas. | ||
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--[[Usuario:LU3HO|LU3HO]] ([[Usuario discusión:LU3HO|discusión]]) 01:27 1 feb 2017 (UTC) | --[[Usuario:LU3HO|LU3HO]] ([[Usuario discusión:LU3HO|discusión]]) 01:27 1 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | Estimado Andres: No creo necesario recurrir a excepciones dado que las bandas asignadas y en uso permiten operar con las nuevas balizas digitales que posibilitan por ejemplo ROS en 20 m en 14,101, 14,103 y 14,115 frecuencias que están en segmentos de digimodos que son suficientes para operar estas balizas, asimismo WSPR permite operar en 14,0956 dentro de uno de los segmentos actualmente permitidos y otras frecuencias. Debemos analizar un "cambio de criterio" en la asignación de estos segmentos a los hoy Novicios mañana no se que categoría seran, si C, Inicial, etc., eso no es lo importante, dado que los nuevos modos que permiten trabajar QRP serian una excelente oportunidad de que quienes se inician experimenten, instalando balizas en esos nuevos modos y operando cuando lo deseen en QRP es decir máximo 36 dBm. ¿Pregunto cual es el inconveniente en habilitarlos con operación QRP? Probablemente ninguno, aunque habrá quien piense que es incontrolable que trabajen QRP etc. etc. y digo también es incontrolable el resto de las restricciones para todas las categorías actuales y futuras, como sabemos por un control inexistente o parcial de la autoridad de aplicación. Mi experiencia personal es que no producimos ninguna clase de interferencias cuando operamos con baja potencia aun operando estaciones en al misma ciudad y en el mismo instante, eso esta mas que probado. Por lo tanto propongo que estas balizas que hoy reglamentariamente no tiene restricciones para las categorías I, G y S operando en los segmentos de modos digitales se autoricen también a las categorías iniciales y si se quiere limitar la operación en un principio, se establezcan 37 dBm como máximo para la categoría inicial. Creo que esta apertura fomentaría la experimentación porque con muy pocos recursos técnicos, temporales y económicos seria posible que hubiese muchas balizas funcionando y contribuyendo a un mejor conocimiento de la propagación por banda sin afectar el resto de los modos. Al mismo tiempo si el LU desea operar normalmente también sus señales serán reportadas por el PSK Reporter tildando un casillero del JT65HF. Como vemos WSPR, ROS, WSJT, JT65HF, JT9, JTDX, muchas opciones interesantes para elegir y experimentar nuevas formas de balizas y operación.--[[Usuario:LU1XU|LU1XU]] ([[Usuario discusión:LU1XU|discusión]]) 15:15 4 feb 2017 (UTC) | ||
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== Estaciones espaciales del servicio de aficionados por satelites == | == Estaciones espaciales del servicio de aficionados por satelites == | ||
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--[[Usuario:LW5EE|LW5EE]] ([[Usuario discusión:LW5EE|discusión]]) 13:29 24 ene 2017 (UTC) | --[[Usuario:LW5EE|LW5EE]] ([[Usuario discusión:LW5EE|discusión]]) 13:29 24 ene 2017 (UTC) | ||
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Línea 93: | Línea 231: | ||
--[[Usuario:LU1CGB|LU1CGB]] ([[Usuario discusión:LU1CGB|discusión]]) 21:20 30 ene 2017 (UTC) | --[[Usuario:LU1CGB|LU1CGB]] ([[Usuario discusión:LU1CGB|discusión]]) 21:20 30 ene 2017 (UTC) | ||
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+ | De acuerdo con lo definido en el Reglamento de Radiocomunicaciones (ITU): | ||
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+ | 1.63 estación terrena: Estación situada en la superficie de la Tierra o en la parte principal de la atmósfera terrestre destinada a establecer comunicación: | ||
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+ | – con una o varias estaciones espaciales; o | ||
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+ | – con una o varias estaciones de la misma naturaleza, mediante el empleo de uno o varios satélites reflectores u otros objetos situados en el espacio. | ||
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+ | 1.64 estación espacial: Estación situada en un objeto que se encuentra, que está destinado a ir o que ya estuvo, fuera de la parte principal de la atmósfera de la Tierra. | ||
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+ | --[[Usuario:LU8ARI|LU8ARI]] ([[Usuario discusión:LU8ARI|discusión]]) 20:56 1 feb 2017 (UTC) | ||
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+ | ==Estaciones operadas en forma remota== | ||
Revisión actual del 10:02 16 feb 2017
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Quizás debamos definir sólo lo que necesita ser definido, por ejemplo, si definimos estación fija por un lado y estación móvil por el otro es porque proponemos formas distinas de identificación. Veamos que no definimos una estación como "de HF", "de VHF", "de CW", "de PSK" por ejemplo porque una estación de aficionado puede tener transmisores y receptores aptos para todas las bandas asignadas al servicio y de todos los modos.
--LU8ARI (discusión) 21:43 24 ene 2017 (UTC)
Contenido
Estaciones fijas
Sugiero se incluya en la nueva reglamentación la ESTACIÓN REMOTA que pueda ser controlada a distancia via web desde cualquier ubicación remota, dado que ya es de uso corriente en el mundo de la radio afición ampliando posibilidades de operación, experimentación, control de la propagación, y en la medida que se acepte participación en eventos, concursos, etc. Miguel LU1XU
--LU1XU (discusión) 17:53 30 ene 2017 (UTC)
Excelente idea Miguel, tiene una gran utilidad y varios posibles usos más que iran dependiendo de nuestra creatividad. La apoyo plenamente.
LU5HG (discusión) 19:01 30 ene 2017 (UTC)
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Realmente no se si hace falta aclarar lo de la estación remota, quien hoy día usa una estación remota esta violando la 50/98? considero que no, si yo tengo mi estación declarada en mi casa, pero lo que cambio es que el manejo del equipo es a través de Internet cambia en algo, es casi como manejar una estación con frente desmontable, solo que el cable es Internet. Si se podría agregar como se debería identificar si la usa un radioaficionado que no es el dueño o un extranjero. Creo que seria interesante que un Radioaficionado este habilitado a tener mas de una estación y no como ahora que es TRANSITORIO, al poder manejar las estaciones remotamente se pueden hacer cosas interesantes y mas de uno querrá tener mas de una torre, en diferentes lugares del país.
--LU8ADX (discusión) 03:35 1 feb 2017 (UTC)
Estimado Diego propuse se la incorpore reglamentariamente, conociendo como funciona el inconsciente colectivo de la administración publica argentina que siempre le encuentra el "pelo al huevo", no nos perjudica que este incluida y abre posibilidades de que nadie cuestione en el futuro esa forma de operación, en este caso "lo que abunda no daña". Con respecto a que el titular de una estación pueda ser titular de otras estaciones administrativamente les complicaría la vida y ya sabemos que a la administración "hay que darle todo listo" porque de otra manera y ante la minima duda aparece el NO. Se puede plantear. Lo que quedara pendiente y no se puede regular es la aceptación en algunos contest, certificados internacionales, etc. de esta metodología de operación, pero este es otro tema que no es resorte de ENACOM.
--LU1XU (discusión) 11:55 1 feb 2017 (UTC).
El domicilio de una estacion no es algo trivial, desde el punto de vista del Dto de Ingenieria es algo fundamental, por eso hay que incluirlo como otro tipo de estacion mas, con un responsable y todos los datos, aqui se plantea otro problema porque la SD no corresponde necesariamente con el lugar de instalacion de la estacion remota, por ejemplo, si tengo una licencia en CABA, y opero desde una remota en otra provincia, como lo registro ? El ejemplo de Diego podria cuestionarse desde el punto donde las autorizaciones estan referidas a un lugar en particular, o movil, pero si es fija y no esta instalada en el domicilio declarado en mi licencia, como seria?
--LU1CGB (discusión) 19:26 1 feb 2017 (UTC)
Estimo que lo que importa administrativamente es el lugar desde donde se origina la emisión, o sea donde esté el Tx y la antena, no el operador. Lo que estamos analizando es qué pasa cuando el operador está en otro lugar. Casos similares hay varios: Radio Nacional tiene sus estudios en CABA y transmite desde Gral Pacheco o por esa zona. Antes de los satélites las llamadas telefónicas internacionales se hacían por HF con transmisores en un lugar, receptores en otro a algunos km (para full duplex a prueba de IMD), y operadores en otro más.
--LU5HG (discusión) 22:10 1 feb 2017 (UTC)
En mi opinión no es un tema administrativo, sino técnico, hoy un aficionado no puede operar una estación en dos domicilios, y uno podría ser una estación remota, esto esta cada ves mas común, y tampoco puede tener dos señales distintivas, ademas desde el punto de vista del control del espectro y la coordinación de frecuencias, es necesario conocer la ubicación de cada transmisión por la administración.
--LU1CGB (discusión) 22:49 1 feb 2017 (UTC)
Así es, doy un ejemplo, vivo en CABA y tengo mi estación de radio con mi licencia y tengo una propiedad en la Mar del Plata donde también pongo una estación completa que ocasionalmente la utilizo en persona y algunas veces la opero remotamente o la uso para escuchas mientras salgo desde mi QTH de CABA.
Si salgo de CABA lo hago como LU8ADX, si lo hago desde la Mar del Plata como LU8ADX/D, hasta aquí estamos bien, pero mi licencia tiene una autorización para montar una estación en CABA, la de la Mar del Plata la instalo como TRANSITORIO? no, también es mi propiedad y va a estar por año instalada o sea que no es transitoria es tan fija como la anterior, que pasa si ENACOM o Municipalidad o el consorcio y/o vecinos me piden la autorización de la torre en el QTH de la Mar del Plata? no tenemos nada que me respalde, tenemos un papel que nos autoriza en el otro domicilio. Creo que aquí es donde tenemos que apuntar, o que la licencia diga domicilio principal y luego domicilios secundarios o ver como le encontramos la vuelta para aquellos que cuentan con mas de una estación que conozco varios casos puedan tener sus estaciones en regla y documentadas para evitar problemas, la licencia me habilita en toda la Argentina, pero con solo una estación?.
--LU8ADX (discusión) 00:47 2 feb 2017 (UTC)
Evidentemente la estación remota independientemente de donde se encuentre el segundo domicilio del titular, implica proponer quizás cambiar el criterio actual reglamentario de una licencia por persona, probablemente esta sea la solución mas viable que resuelve el problema. Este enfoque planteado de la estación remota es nuevo y se adapta a los tiempos que corren, lo que hace tres décadas era muy complejo, hoy es común gracias a los niveles mayores de conectividad que se van dando en Argentina. Por lo que significa desde el punto de vista técnico y legal instalar una segunda estación, se debe aceptar que las autoridades competentes lease ENACOM, y municipio del lugar intervendrían aplicando la normativa del caso para instalar esa segunda estación. Creo que debemos pensar cuales son los inconvenientes o impedimentos legales para que una misma persona tenga dos licencias, una por cada domicilio, por de pronto no veo ninguno o por lo menos en este momento no se me ocurre, pero ya saldrá una propuesta enmarcada en las normas.
--LU1XU (discusión) 03:01 2 feb 2017 (UTC)
Creo que este punto de como identificar las transmisiones, las estaciones y los operadores es uno de los puntos negros mal tratados en la actual reglamentación. Les propongo seguir este hilo en Señales distintivas e identificación a donde lo estoy copiando. Diego, ¿que te parece si analizas el tema y armas una propuesta como base de discusión? Fijate los reglamentos de EEUU y Brasil que presentan modalidades diferentes a la nuestra.
--LU8ARI (discusión) 12:47 2 feb 2017 (UTC)
Juan Ignacio seria interesante que en este tema participáramos la mayoría dado que es importante y complejo. Estamos analizando que según lo estudiado hasta ahora el criterio generalizado de las administraciones es asignar una licencia por persona, seguramente porque este caso de las Estacione Remotas se ha enfocado sin la problemática nuestra, por ejemplo en EEUU es posible cambiar de estado sin cambiar indicativo. Esto nos puede ayudar a pensar en una metodología que nos permita tener una licencia y operar desde distintos domicilios en el país, claro que esto tiene un gran impedimento que es la asignación de letras por provincia, quizás una forma de diferenciar la licencia en mi caso de Ushuaia hasta que la provincia de Tierra del Fuego tenga la letra Z, seria tener LU1XU en mi domicilio en Ushuaia y LU0XU para mi domicilio de Quilmes provincia de Bs As, lo que no es viable a la luz de la normativa, X no corresponde a Bs As.
Se debe tener en cuenta el Boletín de la UIT Nro. 1055 de Junio de 2014 en el que país por país se menciona como se arman las call sign, lo que puede verse claramente en el Anexo:
Argentina (República) Estaciones de aficionado: AY, AZ, LU, LW seguidos de una cifra (0-9) y de 2 ó 3 letras, la primera distintiva de la provincia en que está situada la estación Letras distintivas de las provincias:A-B y C – Capital Federal D-E – Provincia de Buenos Aires F – Provincia de Santa Fé GA–GOZ – Provincia del Chaco GP–GZZ – Provincia de Formosa H – Provincia de Córdoba I – Provincia de Misiones J – Provincia de Entre Ríos K – Provincia de Tucumán L – Provincia de Corrientes M – Provincia de Mendoza N – Provincia de Santiago del Estero O – Provincia de Salta P – Provincia de San Juan Q – Provincia de San Luis R – Provincia de Catamarca S – Provincia de La Rioja T – Provincia de Jujuy U – Provincia de La Pampa V – Provincia de Rio Negro W – Provincia del Chubut XA–XOZ – Provincia de Santa Cruz XP–XZZ – Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Y – Neuquén Z – Antártida Nota: Los principiantes deben utilizar el prefijo AZ.
Una idea simple de implementar dentro de esta norma es que a la licencia originaria se le ponga 0 y la letra de la provincia para la estación remota, por ejemplo LU1XU tendría una estación remota LU0DU en pcia. de Bs As. Esto no iría en contra de las licencias ya asignadas que no poseen el 0
--LU1XU (discusión) 22:37 2 feb 2017 (UTC)
Miguel, participan todos los que quieren pero alguien tiene que hacer de editor y conciliador de las propuestas y opiniones. Ese es el rol de editor de cada tema para el cual estamos pidiendo voluntarios y el que le pido a Diego que asuma para este tema. El tiempo que tenemos es limitado y tenemos que hacer que las propuestas vayan convergiendo.
--LU8ARI (discusión) 12:23 4 feb 2017 (UTC)
Creo que hace décadas se permitía más de una licencia por persona, probablemente para los domicilios fijos en otras provincias. Tal vez sea bueno volver a eso, pero ¿cómo se obtendría esa segunda licencia? ¿a través de un RC, a través de Enacom? La mejor opción sería la que sugirió Miguel usando el 0 y la letra de la provincia donde esté segunda estación. Así también evitamos tramitar una segunda licencia y lo asignamos nosotros mismos como hacemos ahora con la "/" al estar en móvil o en otra provincia.
LU5HG (discusión) 00:00 3 feb 2017 (UTC)
Las repetidoras son un ejemplo de un domicilio diferente al de la licencia, y eso no ha sido un impedimento, nunca me ha tocado una autorizacion de repetidora en una provincia diferente de la señal distintiva otorgada, pero me imagino que habra antecedentes, de hecho una repe es como una remota en algun sentido. Los mas antiguos y memoriosos recordaran como se hacia cuando se podia tener mas de una licencia, recuerdo los libros de Moreno Quintana LU8BF/LU8HF
--LU1CGB (discusión) 02:04 3 feb 2017 (UTC)
Estaciones móviles
Dentro de la denominacion moviles deberia incluirse las moviles aereas no tripuladas como sucede con los globos y seguramente en futuro cercano con drones, cohetes sonda, etc. Cabe señalar que reglamentariamente las estaciones espaciales son las que superan en altura los 100 km de la tierra que es el limite definido internacionamente por del derecho aeronautico y espacial.
--LU8YD (discusión) 16:03 14 ene 2017 (UTC)
De acuerdo con Alejandro y la denominación de móviles aéreas no tripuladas, como así también en la descripción de estaciones móviles debería especificarse su carácter de aéreas, terrestres, marítimas, fluviales y lacustres dado que en este caso se disipan dudas en la futura aplicación de la norma. Miguel LU1XU
--LU1XU (discusión) 17:53 30 ene 2017 (UTC)
Estaciones repetidoras
La reglamentación actual define varios parámetros requeridos para las repetidoras, aparentemente copiados de repetidoras de uso comercial. Esto a la vez limita varias cosas. Por ej la modulación sólo puede ser F3E, lo cual imposibilita usar un transponder lineal (como los satelitales), que son transparentes a cualquier modo. Esto incluye la definición obsoleta de sensibilidad en microvolts en vez de dBm (casi como medir frecuencia en Megaciclos en vez de Megahertz) para un valor de SINAD, esto sólo se usa para FM.
LU5HG (discusión) 00:03 30 ene 2017 (UTC)
Creo conveniente incluir repetidoras fijas destinadas a la retransmisión automática y en tiempo real de las comunicaciones, analógicas, digitales, y análogo/digitales. Miguel LU1XU
--LU1XU (discusión) 17:53 30 ene 2017 (UTC)
Acuerdo que la modulación y los parámetros no aplican, ya que eso atenta con el espíritu experimentador, naturaleza primaria de la definición de aficionado. Habrá que definir conceptos generales del funcionamiento de una repetidora, su uso (voz, video, datos, etc), el control de la misma, su identificación, siguiendo con el lineamiento de incluir anchos de banda y no modos, y como a Ingeniería le preocupa que habrá que coordinarla con los países vecinos, debe haber una autorización que sea simple con un aficionado no novicio responsable.
--LU1CGB (discusión) 21:20 30 ene 2017 (UTC)
Propuestas del RC Córdoba y otros
Nota del Usuario:Editor Estas propuestas fueron recibidas de y contienen aportes de los siguientes RCs y personas: * Radio Club Aguilar * Radio Club Alta Gracia * Radio Club Belle Ville * Radio Club Cosquín * Radio Club Carlos Paz * Radio Club Marcos Juarez * Radio Club Córdoba * Radioaficionados Grupo Punilla * Radio Club Ushuaia * Radio Club Tucumán * Eduardo Legay - LU1MKF, Javier Pons Estel - LU5FF. Jorge Suarez - LU9WT
En el caso de Estaciones Repetidoras de Radioaficionados, analógicas o digitales, que operen en las bandas de VHF/UHF, los equipos radioeléctricos utilizados deberán cumplir las recomendaciones de IARU región 2.
Fundamento: Esto debe ser así ya que, por los constantes avances tecnológicos, no queremos que esta ley quede vieja cada 3 meses, y la IARU “manda” en materia de sugerencias tecnológicas, cuando se redactó la 50/98 solo existían repetidoras analógicas, hoy hay miles de nuevas tecnologías que serían imposibles de detallar aquí, por eso con que los equipos cumplan las normas vigentes, es más que suficiente.
Se podrán instalar estaciones repetidoras en bandas cruzadas respetando el cuadro de frecuencias autorizadas, respetando las mismas características que para repetidoras de la misma banda.
Fundamento: dado a que queremos una ley federal, es muy común que provincias que cuentan con cerros altos para emplazar sistemas repetidores de altura puedan necesitar hacer enlaces en banda diferentes, por otra parte también vendría a regularizar el caso de sistemas Dstar que operan en bandas cruzadas.-
Los plazos para comunicación sobre estado o desmantelamiento de repetidoras debería ser de 90 días ( la actual dice 10 días)
Fundamento: dado que la actividad se trata de sin fines de lucro, y por tal motivo los servicios de repetidores están a cargo de Radioaficionados y no de empresas, es razonable aumentar este tiempo a 90 días, ya que es común que un Radioaficionado no dispones de su tiempo H-24 para el hobby, con lo cual los mantenimientos de los sistemas repetidores se realizan cuando el mismo dispone de tiempo y recursos para tal fin.
Radiobalizas
Veo que de vez en cuando surgen balizas en bandas debajo de 14 MHz, las cuales no están permitidas por reglamentación y van en contra de la recomendación de ITU. En general al no estar permitidas se instalan en medio del segmento de CW molestando a los comunicados normales, incluso en segmentos de fonia.
Es interesante a los que nos interesa un poco la propagación que exista la posibilidad de instalar radiobalizas en las bandas debajo de 14 MHz, para lo cuál se podrían definir subbandas de 1 o 2 KHz, preferentemente alejadas del grueso de los comunicados, por ejemplo en el extremo superior de las bandas. A modo de ejemplo en 160m, una subbanda de 1999 a 2000 KHz para estos menesteres. Ya que esta desalentado el uso de estas balizas en bandas bajas se puede compensar limitando por reglamento la potencia de dichas estaciones, exigiéndoles además un ancho de banda máximo.
Por otro lado me gustaría que, independiente de la banda o si se habilitan balizas en bandas bajas, se tenga en cuenta a otros modos de banda angosta para la instalación de balizas, no solo limitarlo al CW. Hoy en día hay muchos modos digitales como por ejemplo WSPR o JT65 que ocupan poco ancho de banda, necesitan de poca potencia y permiten reportaje automático de la recepción de sus señales vía web, lo que permite que uno esté al tanto de la propagación sin necesidad de estar al lado del equipo ni de saber CW para decodificarlas.
--LU3HO (discusión) 01:27 1 feb 2017 (UTC)
Estimado Andres: No creo necesario recurrir a excepciones dado que las bandas asignadas y en uso permiten operar con las nuevas balizas digitales que posibilitan por ejemplo ROS en 20 m en 14,101, 14,103 y 14,115 frecuencias que están en segmentos de digimodos que son suficientes para operar estas balizas, asimismo WSPR permite operar en 14,0956 dentro de uno de los segmentos actualmente permitidos y otras frecuencias. Debemos analizar un "cambio de criterio" en la asignación de estos segmentos a los hoy Novicios mañana no se que categoría seran, si C, Inicial, etc., eso no es lo importante, dado que los nuevos modos que permiten trabajar QRP serian una excelente oportunidad de que quienes se inician experimenten, instalando balizas en esos nuevos modos y operando cuando lo deseen en QRP es decir máximo 36 dBm. ¿Pregunto cual es el inconveniente en habilitarlos con operación QRP? Probablemente ninguno, aunque habrá quien piense que es incontrolable que trabajen QRP etc. etc. y digo también es incontrolable el resto de las restricciones para todas las categorías actuales y futuras, como sabemos por un control inexistente o parcial de la autoridad de aplicación. Mi experiencia personal es que no producimos ninguna clase de interferencias cuando operamos con baja potencia aun operando estaciones en al misma ciudad y en el mismo instante, eso esta mas que probado. Por lo tanto propongo que estas balizas que hoy reglamentariamente no tiene restricciones para las categorías I, G y S operando en los segmentos de modos digitales se autoricen también a las categorías iniciales y si se quiere limitar la operación en un principio, se establezcan 37 dBm como máximo para la categoría inicial. Creo que esta apertura fomentaría la experimentación porque con muy pocos recursos técnicos, temporales y económicos seria posible que hubiese muchas balizas funcionando y contribuyendo a un mejor conocimiento de la propagación por banda sin afectar el resto de los modos. Al mismo tiempo si el LU desea operar normalmente también sus señales serán reportadas por el PSK Reporter tildando un casillero del JT65HF. Como vemos WSPR, ROS, WSJT, JT65HF, JT9, JTDX, muchas opciones interesantes para elegir y experimentar nuevas formas de balizas y operación.--LU1XU (discusión) 15:15 4 feb 2017 (UTC)
Estaciones espaciales del servicio de aficionados por satelites
Se deberia agregar estaciones espaciales del servicio de aficionados por satelites.
--LU1CGB (discusión) 21:00 13 ene 2017 (UTC)
Agregado, sobre ese punto ¿la reglamentación la establece el país o es general establecida por la ITU?
--Editor (discusión) 12:36 14 ene 2017 (UTC)
Las estaciones espaciales las regula la administracion del pais de acuerdo a sus normativas, y ademas estas estan sujetas al proceso de coordinacion que la ITU recomienda y cada administracion respeta a traves de acuerdos, entonces en nuestro caso si se me ocurre lanzar un satelite, debo hacer lo propio para cumplir con el reglamento que indica las bandas y los usos porque Argentina respeta las indicaciones de IARU que es la que ITU indica que debe hacer el proceso de coordinacion, pero adicionalmente se debe presentar el tramite via la administracion local para coordinar con ITU.
En la ultima propuesta de Enacom de cambio de la reglamentacion, se menciona un parrafo de coordinacion para las estaciones terrenas fijas del servicio de aficionados por satelite, cosa que en mi parecer se trata de un error de interpretacion, ya que no hay ninguna indicacion de ello en ITU/IARU para este servicio que yo haya visto.
--LU1CGB (discusión) 23:31 14 ene 2017 (UTC)
Creo que hay una confusión acerca de lo que se considera una "estacion terrena". Creo a mi modesto entender que una estacion terrena es una estacion de radio cuyo objetivo es el control y administracion del funcionamiento de uno o varios satelites. Creo que una estacion de radioaficionado que opera modos satelitales no es una estacion terrena, es solo una estacion de radioaficionado.
--LW5EE (discusión) 13:29 24 ene 2017 (UTC)
A mi me parece que al utilizar un servicio diferente, definido por ITU, una estación de aficionado se transforma en estación terrena, al utilizar el servicio de aficionados por satélite, y me parece que no existe algo llamado "modo satelital" como tal.
--LU1CGB (discusión) 21:20 30 ene 2017 (UTC)
De acuerdo con lo definido en el Reglamento de Radiocomunicaciones (ITU):
1.63 estación terrena: Estación situada en la superficie de la Tierra o en la parte principal de la atmósfera terrestre destinada a establecer comunicación:
– con una o varias estaciones espaciales; o
– con una o varias estaciones de la misma naturaleza, mediante el empleo de uno o varios satélites reflectores u otros objetos situados en el espacio.
1.64 estación espacial: Estación situada en un objeto que se encuentra, que está destinado a ir o que ya estuvo, fuera de la parte principal de la atmósfera de la Tierra.
--LU8ARI (discusión) 20:56 1 feb 2017 (UTC)
Estaciones operadas en forma remota
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