Diferencia entre revisiones de «Acceso a la actividad»
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Revisión del 22:55 19 nov 2016
Principio: Promover y facilitar el acceso a la actividad
Contexto
Este principio tiene su fundamento en los Puntos 2.3, 2.5 y 2.6 de los Objetivos y principios de la IARU y en los Puntos a), b), c) y d) de las Finalidades estatutarias de radioclubes argentinos.
El Servicio de Radioaficionados tiene otorgados amplios privilegios a lo largo de todo el espectro radioeléctrico. El mantenimiento de esos privilegios requiere que los mismos sean utilizados de acuerdo con los fines previstos, lo cual, a su vez, hace necesario que la cantidad de personas interesadas en la radioafición y activas se mantenga y en lo posible se vea incrementada.
El acceso a la actividad debe ser otorgado verificando que los aspirantes tengan los conocimientos mínimos necesarios, en términos de técnica y reglamentación, para poder desempeñarse correctamente en las bandas asignadas y servir de base para que sean capaces de iniciar el camino de la autoinstrucción.
Aspectos reglamentarios
- ¿Cuáles deberían ser las condiciones para el ingreso y el ascenso?
- ¿Cómo debería ser el Programa de Estudios?
- ¿Cómo debería ser el sistema de evaluación?
- ¿Cómo debería ser la Práctica Operativa?