Diferencia entre revisiones de «Radioclubes»
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Revisión del 23:37 23 ene 2017
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Definición de Radio Club
Un radioclub es una persona jurídica sin fines de lucro, reconocida por la Autoridad de Aplicación, que tiene como principales finalidades la promoción, fomento, enseñanza y práctica de la radioafición a través de la agrupación de radioaficionados y otras personas interesadas
Requisitos que debe cumplir un RC
Los requisitos que debe cumplir una persona jurídica para ser reconocida como Radioclub son los siguientes:
1. Presentar el certificado de vigencia de la Personería Jurídica al inscribirse y con la periodicidad que indique la reglamentación (puede ser en cada renovación de liciencia.
2. Instalar y mantener en funcionamiento una radioestación, como mínimo para las bandas de frecuencias habilitadas para las prácticas operativas.
3. El padrón societario deberá un 50% de radioaficionados con licencia vigente como mínimo.
Atribuciones de los RC
Los radioclubes podrán instalar todo tipo de estaciones del servicio de aficionados y del servicio de aficionados por satélites.
Sus estaciones podrán ser operadas sólo en las bandas y modos atribuidas a la categoria del operador, salvo en el caso de su uso en práctica operativa en que estarán restringidas a las bandas y modos autorizadas para tal fin.
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